Newsletter Noviembre 2012
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Reasignación de dominios españoles de interés general
Reasignación de dominios españoles de interés general
El Registro español ha emitido una nueva Instrucción sobre “reasignación de nombres de dominio de interés general” con objeto de regular el procedimiento para la reasignación de los nombres de dominio en aquellos casos en que se haya producido un registro abusivo de los mismos,
Cada cierto tiempo, surge la necesidad de recuperar nombres de dominio “.es” que han sido registrados por personas o entidades privadas y que presentan un elevado interés general. En muchas ocasiones estos nombres de dominio se registran con fines especulativos y provocan confusión con el titular asignado y el sujeto que verdaderamente representa el interés general asociado a ese concreto nombre de dominio.
La Instrucción prevé que, en el caso de que se detecte que un nombre de dominio presenta un elevado interés general, el presidente de Red.es pueda, mediante resolución motivada, declarar de forma excepcional el nombre de dominio como de interés general. Una vez emitida esta resolución, Red.es cancelará el nombre de dominio y lo reasignará en favor del sujeto que represente el interés general.
La persona (física o jurídica) que registra un nombre de dominio directamente relacionado con el interés general, sin representarlo, dispone del uso (nunca de la propiedad) de un recurso público que legítimamente no le corresponde. Por esta razón, Red.es establece que bajo ningún concepto puede hablarse de una “expropiación forzosa”, sino de “reasignación”.
El nuevo procedimiento de reasignación cuenta con las mayores garantías de seguridad jurídica para los titulares de nombres de dominio. Se dará audiencia al antiguo titular, que, además, será compensado por los gastos en que incurrió para su registro. Y, en cualquier caso, el afectado por la reasignación dispondrá de la vía del recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales.