Nueva regulación del spam y las cookies

Recientemente ha entrado en vigor el Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen la directivas europeas en materia de, entre otras cosas, comunicaciones electrónicas. En lo que aquí nos incumbe, dicha norma ha modificado la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico o LSSI en materia de spam y cookies.

Respecto al spam, se ha incluido en el texto de la LSSI que queda prohibido el envío de comunicaciones comerciales en las que se disimule o se oculte la identidad del remitente por cuenta de quien se efectúa la comunicación, así como aquéllas en las que se incite a los destinatarios a visitar páginas de Internet que contravengan lo dispuesto en dicha Ley.

Asimismo, se añade que, cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico, deberá incluirse una dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse el derecho de revocación, quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección.

Por otro lado, con relación a las cookies, se prevé en la LSSI que los prestadores de servicios podrán utilizarlas en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la LOPD.

Por último, se modifica la LSSI en el sentido de que el consentimiento que deberá prestar el usuario para aceptar el tratamiento de sus datos mediante cookies, deberá ser expreso en el momento de configurar la instalación o actualización del navegador, siempre que ello sea técnicamente posible y eficaz.

En Ubilibet somos especialistas en comercio electrónico y privacidad por lo que, si tuvieren cualquier duda sobre lo que aquí se ha expuesto, no tienen más que trasladárnosla.

Oposición al registro de un nuevo gTLD

De conformidad con lo que ya les anunciáramos a través de este mismo medio, el pasado 12 de abril finalizó el plazo para presentar las candidaturas para crear su propia extensión en Internet (nuevos gTLDs). Como saben, lo anterior ha generado una polémica importante pues los titulares de marcas temen que algunos de los nuevos gTLDs puedan infringir sus derechos sobre aquellas.

Pues bien, para dar la oportunidad de que los titulares de marcas puedan “frenar” la creación de una extensión que las infrinja, ICANN, el gobierno de Internet, ha creado en colaboración con la OMPI un procedimiento exclusivo para que aquellos puedan oponerse de forma rápida y contundente. Dicho proceso se denomina Legal Rights Objection (LRO) y cabrá su activación durante siete meses desde la publicación de todas las solicitudes de nuevos gTLDs, lo que, a priori, tendrá lugar el próximo 30 de abril.

En Ubilibet le ofrecemos la posibilidad de monitorizar sus marcas para analizar si han sido infringidas por alguna de las solicitudes de gTLDs presentadas ante ICANN y, en caso afirmativo, presentar ante la OMPI un procedimiento de LRO con el fin de impedir que la candidatura prospere.

Nations Luxury Transportation, LLC adquiere el dominio privatejet.com por 30 millones de dólares

Según la nota de prensa publicada en el portal de noticias PRweb y en su propia página corporativa, la compañía Nations Luxury Transportation LLC ha comprado el dominio privatejet.com a la empresa Don’t Look Media.com, un holding especializado en la venta y optimización de nombres de dominio, por un importe de 30,18 millones de dólares. De ser así se trataría del dominio más caro de la historia de Internet.

La página web más cara de la red, actualmente accesible en su versión beta, será lanzada oficialmente el próximo mes de abril y espera recibir más de 250.000 visitantes al mes de 52 países distintos.

Guatemala permite el registro de dominios directamente bajo .GT y con caracteres como la ñ y los acentos

Desde ayer lunes 5 de marzo de 2012, la autoridad de asignación de dominios de código de país correspondiente a Guatemala, permite el registro de dominios de segundo nivel bajo .GT, hasta la fecha solamente podían registrarse dominios de tercer nivel bajo .COM.GT, .NET.GT, .ORG.GT o .IND.GT. Asimismo los dominios podrán incluir 7 caracteres españoles: á, é, í, ó, ú, ü y ñ.

Tanto las personas físicas cómo las jurídicas podrán solicitar dominios de segundo nivel directamente bajo .GT.

Fase reservada para titulares de derechos anteriores

El Registro guatemalteco ha establecido un periodo de registro preferente del 5 al 18 de marzo, reservado a los titulares que ya dispongan de un dominio de tercer nivel bajo alguna de las extensiones existentes (.COM.GT, .NET.GT, .ORG.GT o .IND.GT), siempre y cuando:

  • El nombre de dominio solicitado bajo .GT sea exactamente igual al registrado bajo .COM.GT, .NET.GT, .ORG.GT o .IND.GT
  • El nombre de dominio solicitado con acentos o ñ sea idéntico al registrado sin caracteres especiales bajo .COM.GT, .NET.GT, .ORG.GT o .IND.GT

Una vez finalizado el periodo de registro preferente, se abrirá el registro al público en general sin requisto alguno, cualquiera podrá registrar cualquier denominación disponible bajo .GT.

Desde Ubilibet recomendamos encarecidamente a nuestros clientes con presencia internacional o que mantengan lazos comerciales con Guatemala que protejan sus denominaciones bajo la extensión .GT.

Portugal permitirá registrar dominios .PT sin ningún tipo de restricción

A partir del próximo 1 de mayo de 2012, las personas físicas y jurídicas podrán registrar cualquier denominación bajo .PT sin necesidad de disponer de marca registrada o denominación social. Los titulares de derechos anteriores dispondrán de un periodo de registro preferente de 60 días, del 1 de marzo al 30 de abril.

La liberalización de la extensión portuguesa es de suma importancia para todas aquellas empresas españolas con intereses en el país vecino, puesto que a partir del próximo 1 de mayo cualquier particular podrá ocupar los dominios .PT coincidentes con las marcas de productos o servicios de la compañía.

Desde Ubilibet recomendamos encarecidamente a nuestros clientes con presencia internacional o que mantengan lazos comerciales con Portugal que protejan sus denominaciones con la extensión .PT.

Es importante destacar que todos aquellas empresas que hasta la fecha han tenido que utilizar un dominio .COM.PT de segundo nivel porque no podían acceder a la extensión de primer nivel, ahora podrán registar dominios mucho más intuitivos y fáciles de recordar directamente bajo .PT.

La derogación de los requisitos que hasta la fecha se exigían para el registro de un dominio .PT, supondrá la puesta a disposición del público de dominios muy atractivos y de elevado valor económico de 3, 4 ó 5 caracteres que hasta la fecha no podían solicitarse, tales cómo siglas de empresas, acrónimos o abreviaciones.

Si desea ampliar la información sobre dominios disponibles y los requisitos necesarios para la obtención de dominios .PT puede contactar con nosotros en el 93 265 41 45 o remitiendo un correo electrónico a info@ubilibet.com.

Sistema abreviado de impugnación de dominios .FR

El NIC francés (Afnic) ha aprobado recientemente el Syrely o Système de Résolution des Litiges. Dicho procedimiento para la recuperación de nombres de dominio bajo la extensión .FR, que se ofrece como alternativo al arbitraje ante la OMPI, posee dos importantes ventajas frente a este último; en primer lugar que sus tasas son ostensiblemente más económicas que las de la OMPI y, por otro lado, que el tiempo de resolución del conflicto queda reducido a dos meses.

Los requisitos que deben acreditarse ante Afnic son muy similares a los que se exigen para poder presentar una demanda ante la OMPI. Esto es: que el nombre de dominio ocupado infrinja los derechos de propiedad industrial del demandante, que el titular no pueda justificar un interés legítimo para seguir manteniendo la posesión del dominio y, por último, que su actuación pueda considerarse de mala fe.

La responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet

Según la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE) los proveedores de servicios de Internet (ISP) no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario de sus servicios siempre que no tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o, si lo tuvieran, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.

Hasta la fecha, en España han habido varios pleitos que han versado sobre dicha responsabilidad entre los que destaca el que mantuvo la cadena de televisión Telecinco contra el portal de vídeos, actualmente propiedad de Google, Inc., YouTube. En este caso, el juzgado que conoció del asunto emitió una sentencia en la que exculpaba a la empresa de Google de cualquier responsabilidad derivada de alojar vídeos de programas pertenecientes a Telecinco, por considerar que YouTube no infringía los derechos de propiedad intelectual, pues se trata de un mero intermediario de servicios de alojamiento de contenidos y, por tanto, no puede ser obligado a controlar con carácter previo los vídeos subidos por los usuarios.

A nivel comunitario, el signo de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el juicio que enfrentó a L’Oreal con eBay fue muy distinto. El Tribunal concluyó que eBay desempeña un papel activo que le permite adquirir un conocimiento o control de los datos relativos a las ofertas que se realizan en su mercado y en virtud de lo anterior, el famoso portal de subastas no puede acogerse a la exención de responsabilidad establecida por el derecho de la Unión, en determinadas condiciones, a favor de los prestadores de servicios en línea tales como los gestores de mercados en internet, pues un operador económico diligente hubiera debido constatar el carácter ilícito de las ofertas de venta en cuestión.

Como puede observarse, se trata pues de un debate jurídico intenso cuyo resultado no es, ni mucho menos, nítido, dependiendo de las circunstancias de cada caso o incluso de la instancia jurisdiccional que conozca del asunto.

Ubilibet dispone de un departamento de propiedad industrial en Internet especializado en perseguir y eliminar de la red las infracciones de marca de las que son víctima un gran número de empresas de todo el mundo. Si precisan cualquier información adicional acerca de la responsabilidad de los ISPs o su corporación o empresa sufre cualquier problema relacionado con lo anterior, en Ubilibet les podremos ofrecer el asesoramiento adecuado y una solución rápida a su conflicto.

12 de enero de 2012: apertura oficial del periodo para presentar candidaturas a las nuevas extensiones de nombres de dominio

Desde hoy y hasta el próximo 12 de abril las empresas, asociaciones, comunidades, organismos e instituciones pueden presentar una solicitud ante ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) para administrar su propio dominio de Internet.

Existen ya candidaturas que promueven la concesión de nuevos dominios genéricos, algunas de ellas basadas en términos geográficos coincidentes con topónimos de ciudades o sus acrónimos, sería el caso de los dominios .Berlin, .Paris, o .NYC; otras orientadas a colectivos concretos, tanto empresariales cómo el .BANK o el .PHARMA, como particulares como el .FAM para las familias; también han aparecido proyectos más generalistas cómo el .ECO que pretende identificar todo aquello vinculado a la ecología y la sostenibilidad, o el .MUSIC. Finalmente, nos encontramos con las candidaturas de compañías con marcas notorias que quieren obtener su propia extensión como por ejemplo .MOTOROLA, .CANON o .HITACHI.

En palabras de Stéphane Van Gelder, presidente del GNSO (Generic Names Supporting Organization) de ICANN: “La puesta en marcha de este programa representa una oportunidad histórica para una empresa o una organización de adquirir una parte de la raíz de Internet y así de controlar mejor su presencia online. ICANN ya ha informado que pueden transcurrir varios años hasta que vuelva a abrirse un nuevo periodo de presentación de candidaturas”.

Ubilibet, como consultoría especializada en el sistema de nombres de dominio, tramita para sus clientes la concesión de nuevos dominios genéricos de primer nivel. Ubilibet aporta experiencia contrastada en este tipo de procedimientos y una estrecha vinculación con los distintos órganos de decisión en el seno de la Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN), lo que nos permite contar con plenas garantías de éxito ante una eventual candidatura de un dominio genérico.

AnclaNuevos dominios gTLDs en la prensa

Revolucionaria expansión de los dominios en Internet

9 Enero 2012

Ciudades, marcas y objetos compiten en Internet con el ‘.com’ o el ‘.es’

12 Enero 2012

Barra libre para la compra personalizada de dominios web

9 Enero 2012

La expansión de los nombres de dominio, una nueva revolución en internet

10 Enero 2012

El Registro oficial de dominios XXX ha ampliado el plazo de bloqueo preferente hasta hoy lunes 31 de octubre

La autoridad de asignación ha ampliado 3 días la fase Sunrise reservada al bloqueo de denominaciones. El periodo de bloqueo preferente finalizará hoy lunes 31 de octubre a las 3 de la tarde hora española. Debido a la increíble demanda de dominios al final de la semana pasada, muchos registradores han presionado al Registro Oficial para que alargara el proceso por los menos hasta hoy lunes. De esta forma, “La ampliación otorgará más tiempo a los potenciales registrantes para proteger sus dominios y bloquear sus marcas” tal y como afirma Stuart Lawley, CEO del Registro Oficial.

Después de años de largas deliberaciones, ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers), aprobó hace algunos meses la creación de un nuevo nombre de dominio de Internet el punto XXX, ideado para identificar los sitios web con contenido pornográfico. El registro abusivo de nombres de dominios .XXX idénticos o similares a marcas registradas de empresas o denominaciones oficiales de administraciones públicas es una amenaza muy peligrosa que puede menoscabar gravemente la confianza de los consumidores y usuarios en las marcas de productos y en los servicios ofertados por las entidades públicas en la red.

Por todo ello, ICM, el operador del registro de los nuevos dominios .XXX ha desarrollado un mecanismo para proteger los derechos de empresas y entidades públicas ajenas a la industria del entretenimiento para adultos durante el periodo de lanzamiento de los nombres de dominio .XXX. Las corporaciones públicas y privadas que deseen proteger sus denominaciones podrán hacerlo durante la fase de registro preferente (Periodo Sunrise) reservada a entidades no vinculadas a la industria del porno y así evitar que un tercero de mala fe las ocupe y aloje contenido pornográfico que dañe la imagen de la entidad, legítima titular de los derechos sobre la denominación usurpada.

Desde Ubilibet aconsejamos a todas las empresas y administraciones públicas españolas que protejan las marcas y denominaciones de su titularidad bajo .XXX y así evitar que se adelante un cyberocupa y realice un uso abusivo de los dominios. Imagine el daño que puede infligir a la imagen de una empresa o una entidad pública aparecer en Google en los primeros puestos con un dominio .XXX idéntico a sus denominaciones y redirigido a una página con contenido pornográfico. Evite situaciones embarazosas como la descrita y proteja las denominaciones que identifican a su organización en Internet bajo la extensión .XXX.

AnclaBloqueo de dominios de por vida

El mecanismo de protección de derechos ideado por la autoridad de asignación de dominios .XXX, permite a las entidades públicas y privadas bloquear sus denominaciones de forma indefinida, es decir, no registrarán los dominios si no que los bloquearán para siempre y nadie podrá registrarlos nunca. Con esta medida las empresas y organismos públicos cuentan con una doble ventaja: los dominios no deberán renovarse cada año puesto que no expirarán, evitando así los riesgos de cancelaciones de dominios no deseadas, y por otro lado, la ventaja económica que supone no tener que abonar el precio de la renovación de los dominios cada año.

¿Porqué Ubilibet?

En Ubilibet nos encargamos de tramitar todo el procedimiento de obtención de los dominios .XXX durante la fase de registro preferente (Sunrise Period) ante la Autoridad de Asignación. Con tal de asegurar el registro de los dominios durante las fases Sunrise, Ubilibet lleva a cabo varias acciones:

1. En Ubilibet nos encargamos de la investigación de los derechos preferentes de cada solicitante en los organismos competentes.

2. Tramitamos íntegramente la solicitud de los dominios ante de la Autoridad de Asignación encargada de la gestión de los nuevos dominios.

3. En Ubilibet nos responsabilizamos del envío de toda la documentación preceptiva al operador del registro.

El objetivo final de Ubilibet es el correcto bloqueo de los nombres de dominio .XXX vinculados a denominaciones de nuestros clientes y por ello nos encargamos de la tramitación integral del expediente de registro, descargando al personal responsable de la materia de cualquier tarea vinculada al registro de estos nuevos dominios.

Aún está a tiempo de proteger sus denominaciones bajo .XXX durante el periodo de registro preferente, para ello solo debe contactar con nuestro departamento de consultoría en info@ubilibet.com o llamar al el 93 265 41 45.

AnclaDominios XXX en la prensa internacional

“.XXX Domains, a New Business Opportunity”

Aug 24 2011

“ICANN Development 1: The [.xxx] Factor”

June 7 2011

“Les grandes marques aussi achètent des noms de domaine en .xxx”

Aug 10 2011

“.XXX Domains, a New Business Opportunity”

Aug 24 2011

“Offer to protect trademark from .xxx domain”

July 17 2011

“United States: IMPORTANT ALERT TO ALL BRAND OWNERS: Upcoming Launch Of The .XXX Domain Extension”

June 13 2011

“CNN’s Pauline Chiou talks with Stuart Lawley of ICM Registry about the XXX domain online gold rush.”

July 18 2011

“Aprobado el dominio .xxx para contenidos pornográficos”

13 Marzo 2011

Los dominios territoriales de Brasil y Qatar pasan a someterse a la OMPI

En los últimos meses hemos asistido al sometimiento de los nombres de dominio territoriales (ccTLD) de dos potencias emergentes a la jurisdicción del Centro de Arbitraje y de Mediación de la OMPI. En concreto nos estamos refiriendo a los ccTLDs correspondientes a Brasil (.BR) y Qatar (.QA).

Lo anterior tiene importantes ventajas para los titulares de marcas que han sufrido cyberocupación bajo dichas extensiones pues, como sabemos, el arbitraje ante la OMPI ofrece una serie de garantías, plazos y costes difíciles de igualar por cualquier otro proveedor de resolución de disputas y, ya no digamos, por los órganos jurisdiccionales nacionales ordinarios.

La incorporación de ambos dominios territoriales se une así a la de otros ccTLD de su ámbito geográfico que lo hicieron previamente como son Bolivia (.BO), Colombia (.CO), Ecuador (.EC), México (.MX), Perú (.PE) o Venezuela (.VE), en el caso de Brasil, y los Emiratos Árabes Unidos (.AE), Irán (.IR) o Pakistán (.PK), en el caso de Qatar.

En Ubilibet estamos especializados en la impugnación tanto de nombres de dominio genéricos (gTLDs) como territoriales, por lo que si requirieren llevar a cabo cualquier actuación en este ámbito no tienen más que solicitárnoslo.